Ventanilla Única

La Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de “Modificación de distintas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio”, modificó la Ley de Colegio Profesionales, incluyendo un nuevo artículo referente a la implantación de la Ventanilla única:

 

DATOS OBLIGATORIOS ACCESO PÚBLICO

“Artículo 10. Ventanilla única.

1. Las organizaciones colegiales dispondrán de una página web para que, a través de la ventanilla única prevista en la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, los profesionales puedan realizar todos los trámites necesarios para la colegiación, su ejercicio y su baja en el Colegio, a través de un único punto, por vía electrónica y a distancia.

2. A través de la referida ventanilla única, para la mejor defensa de los derechos de los consumidores y usuarios, las organizaciones colegiales ofrecerán la siguiente información, que deberá ser clara, inequívoca y gratuita:

a) El acceso al Registro de colegiados, que estará permanentemente actualizado y en el que constarán, al menos, los siguientes datos: nombre y apellidos de los profesionales colegiados, número de colegiación, títulos oficiales de los que estén en posesión, domicilio profesional y situación de habilitación profesional.”

 

DATOS OBLIGATORIOS COOPERACIÓN ADMINISTRATIVA COLEGIAL.

Accederán a dichos datos el resto de los Colegios, a los fines de acreditaciones, altas, bajas, cambios de domicilio, visados, comunicaciones y notificaciones, convocatorias de asambleas colegiales, etc.), siendo importante que estén actualizados los datos relativos a:

 

  Datos de contacto que indique y autorice el interesado (teléfono, fax, correo electrónico, Web)

  Situación Profesional, (Liberal, Asalariado, etc)

  Incompatibilidades, (es obligatorio indicar dicho dato haciendo constar la fecha de inicio, el nombre del Organismo y descripción siendo ésta: total, Autonómica, local, ...).

  Seguros (si el colegiado tiene póliza con MUSAAT, ya está indicado, de lo contrario figurará OTRA COMPAÑÍA, debiéndose, por lo tanto, escribir el nombre de la compañía ó marcar la opción, NO TIENE)

  Régimen de Previsión (si el colegiado figura dado de alta en PREMAAT, como alternativa para ejercer la profesión, ya figura señalado en su fichero, de lo contrario figurará OTRO O DESCONOCIDO, pudiéndose marcar también las opciones RETA ó RGSS)

 

OTROS DATOS PROFESIONALES

 

Además se recuerda, que si ejerces tu actividad profesional como liberal y, por tanto, eres un prestador de servicios, tal y como ya se indica en el Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el “libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.”

 

“los prestadores proporcionarán al destinatario, de forma fácilmente accesible, la información siguiente:

a) Los datos de identidad, forma y régimen jurídico, número de identificación fiscal del prestador, dirección donde tiene su establecimiento, y los datos que permitan ponerse rápidamente en contacto con él y en su caso, por vía electrónica.

 

Asimismo, en esta Ley también se especifica que:

 

los prestadores pondrán a disposición de los destinatarios un número de teléfono, una dirección postal, número de fax o dirección de correo electrónico, con el fin de que estos puedan dirigir sus reclamaciones o peticiones de información sobre el servicio prestado y comunicarán su dirección legal si esta no coincide con su dirección habitual para la correspondencia”.

 

Teniendo en cuenta todas estas consideraciones:

 

Los datos de “nombre y apellidos de los profesionales colegiados”, “nº de colegiación”, “títulos oficiales de los que estén en posesión” y “domicilio profesional”, ya figuran en el fichero colegial. Por tanto, únicamente procedería la actualización, en su caso, de la “situación de habilitación profesional”, por lo que si un colegiado estuviese en situación de inhabilitación profesional judicial, deberá comunicar al Colegio, la existencia de la misma y las fechas del cumplimiento; si esta inhabilitación fuese colegial, se anotará por parte del Colegio.

 

A mayores de estos Datos Obligatorios, si eres un profesional liberal y, por tanto, un prestador de servicios, para cumplir con lo indicado en la Ley 17/2009 en lo referente a la obligación concreta de contacto, te recordamos que actualizando tu perfil profesional en la página web colegial, señalando la cesión de dichos datos, estos también se mostrarían en la ventanilla única colegial.

 

Para actualizar los datos obligatorios y/o si deseas autorizar al COATPO a facilitar otros datos de contacto al CGATE, para su inclusión en el Ventanilla Única colegial, debes cumplimentar el Boletín de datos, que figura en el fichero adjunto, y puedes remitir firmado electrónicamente y enviar al correo electrónico info@coatpo.es.

 

Recordar que puedes consultar y actualizar tus datos personales y profesionales a través del Área Privada de la web colegial, en el apartado ficha colegial.