De acuerdo con lo establecido por el artículo 34 de la Ley de marcas 17/2001 que señala, que el registro de la marca confiere a su titular el derecho exclusivo a utilizarla y que podrá prohibir que los terceros, sin su consentimiento, utilicen cualquier signo que por ser idéntico o semejante a la marca y por ser idénticos o similares los productos o servicios implique un riesgo de confusión y un riesgo de asociación entre el signo y la marca.
Si deseas utilizar alguna marca ó anagrama que pueda ser interpretada dentro de las condiciones de la marca registrada, puedes consultar al Colegio para disponer de la autorización de este.
COATPO
4.078.326
Colegio Oficial de la Arquitectura Técnica de Pontevedra.
16 y 35
4.078.335
Fecha presentación solicitud
Fecha concesión registro
27 de julio de 2020
24 de Marzo de 2021
16 Papel y carton; productos de imprenta; material de encuadernacion; Fotografias; articulos de papeleria y articulos de oficina, excepto muebles; Adhesivos (pegamentos) de papeleria o para uso domestico; material de dibujo y Material para artistas; pinceles; material de instruccion y material Didactico; hojas, peliculas y bolsas de materias plasticas para embalar y Empaquetar; caracteres de imprenta, cliches de imprenta.
35 Publicidad; gestion de negocios comerciales; administracion comercial; Trabajos de oficina.