El concello de Pontevedra nos remite copia del criterio interpretativo del artículo 65 del PEPRICA, sobre control de los usos, exclusivos o no, de carácter no residencial, particularmente de las viviendas de uso turístico, en el ámbito del conjunto histórico, que fue dictaminado favorablemente por la Comisión de Ordenación do Territorio, Urbanismo e Medio Ambiente, constituida en Comisión de Seguimiento del PEPRICA, en su sesión de fecha 24/09/2024.